Costos - Conciliación en virtud del Mecanismo Complementario del CIADI (Reglas de 2022)
Salvo que las partes acuerden lo contrario, los honorarios y gastos de los conciliadores, así como los cargos administrativos relacionados con la utilización de las instalaciones del Centro serán sufragados en partes iguales por las partes y cada parte sufragará cualquier otro costo que incurra en relación con el procedimiento de conciliación, incluidos los costos legales (Regla 16 de las Reglas de Conciliación del Mecanismo Complementario del CIADI).
Por ende, la Comisión no adopta ninguna decisión sobre costos, y no es necesaria la presentación de escritos sobre costos en el procedimiento de conciliación.
El Arancel de Derechos, Honorarios y Cargos del CIADI y el Memorando de Honorarios y Gastos son aplicables a las conciliaciones en virtud del Mecanismo Complementario.