Cómo presentar una Solicitud - Arbitraje en virtud del Mecanismo Complementario (Reglas de 2022)
Una parte inicia un arbitraje en virtud del Mecanismo Complementario mediante la presentación de una Solicitud de Arbitraje al Secretario General.
Las condiciones para el acceso al Mecanismo Complementario del CIADI están incluidas en el Artículo 2(1) del Reglamento del Mecanismo Complementario. El instrumento que contiene el consentimiento de las partes a arbitraje puede incluir condiciones adicionales.
El proceso para la presentación de una Solicitud se rige por las Reglas 2 a 5 de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario y la Regla 10 del Reglamento Administrativo y Financiero del Mecanismo Complementario del CIADI.
Contenido de la Solicitud
Información necesaria y documentos de respaldo (Regla 3 de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario)
La Solicitud deberá:
- estar redactada en español, francés o inglés (los idiomas oficiales del Centro)
- incluir el nombre y la información de contacto de todas las partes (incluyendo su dirección de correo electrónico, dirección postal y número de teléfono)
- estar firmada por la parte solicitante o su representante y estar fechada
- acompañar prueba de la autorización del representante para actuar como tal (p. ej., un poder de representación o una carta de contratación)
- si la parte solicitante es una persona jurídica, incluir una declaración de que se han adoptado todos los actos internos necesarios para autorizar la Solicitud. La declaración debe tener sustento probatorio (p. ej., una resolución de la junta directiva).
La Solicitud también debe incluir:
- una descripción de la inversión, así como de la propiedad y el control de la misma (p. ej., describir, en su caso, la estructura del grupo societario de las compañías que son titulares o controlan la inversión)
- un resumen de los hechos pertinentes y de las reclamaciones
- el petitorio, incluyendo el monto estimado de la compensación pretendida
- una indicación de que existe una diferencia de naturaleza jurídica entre las partes que surge de la inversión
- una copia del instrumento que contiene el consentimiento de cada parte a someter la diferencia a arbitraje en virtud del Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI, la fecha de entrada en vigor de ese instrumento y prueba de la fecha de entrada en vigor
- La fecha del consentimiento es la fecha en la que las partes consintieron por escrito en someter la diferencia al Centro; si ambas partes no actuaron en la misma fecha, contará la fecha en la que la última parte haya consentido (Regla 3(2)(b)(iii) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario);
- Si el consentimiento se encuentra en un tratado o en una ley, la prueba de su entrada en vigor podría ser un extracto de una página web de un gobierno que muestre la entrada en vigor o una copia de la compilación de leyes de un Estado
- Si el consentimiento se encuentra en un contrato, la Solicitud debe estar acompañada de una copia del contrato firmado y de su fecha de entrada en vigor
- una indicación de que la parte solicitante ha cumplido con cualquier condición establecida en el instrumento que contiene el consentimiento para la presentación de una diferencia (p. ej., el cumplimiento de los períodos de negociación)
- sí una parte es una persona natural, su nacionalidad en la fecha del consentimiento junto con la prueba de dicha nacionalidad (p. ej., un pasaporte) y una declaración de que en la fecha del consentimiento era nacional de un Estado distinto del Estado que es parte en la diferencia o de los Estados que integran la ORIE que es parte en la diferencia (Regla 3(2)(c)(ii) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario)
- sí una parte es una sociedad u otra persona jurídica, su nacionalidad en la fecha del consentimiento junto con la prueba de dicha nacionalidad (p. ej., un extracto de un registro comercial)
- Sí en la fecha del consentimiento la nacionalidad de una persona jurídica es la misma que la del Estado parte en la diferencia o de cualquier Estado que integra la ORIE que es parte en la diferencia, la Solicitud debe adjuntar el acuerdo de las partes de atribuirle a la persona jurídica el carácter de nacional de otro Estado de conformidad con el Artículo 1(5)(b) del Reglamento del Mecanismo Complementario del CIADI (Regla 3(2)(d)(ii) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario)
- sí una parte es una subdivisión política o un organismo público de un Estado o de una ORIE, una declaración de que la parte ha sido acreditada ante el Centro por ese Estado u ORIE (Regla 3(2)(e) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario).
- La Solicitud también debe adjuntar prueba del consentimiento de la subdivisión política o del organismo público y de la aprobación del consentimiento por parte del Estado o de la ORIE, salvo que el Estado o la ORIE haya notificado al Centro que tal aprobación no es necesaria.
Información adicional recomendada (Regla 4 de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario)
Se recomienda que la Solicitud también incluya la siguiente información:
- cualquier acuerdo o propuesta de las partes relativo a:
- el número de árbitros y el método de su nombramiento;
- la sede del arbitraje;
- el derecho aplicable a la diferencia;
- el o los idiomas(s) del procedimiento (español, francés o inglés)
- el uso del arbitraje expedito en virtud del Capítulo XIII de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario
- los nombres de las personas y entidades que poseen o controlan a la parte solicitante que es una persona jurídica (p. ej., organigrama de la estructura del grupo societario).
Traducción y extractos de los documentos de respaldo (Regla 5(d) de las Reglas de Arbitraje del Mecanismo Complementario)
Los documentos de respaldo que se adjunten a la Solicitud y que no estén redactados en español, francés o inglés deben estar acompañados de una traducción a uno de estos idiomas. Sera suficiente que se traduzcan solamente las partes pertinentes de un documento. Se podrán presentar extractos de documentos como documentos de respaldo, siempre que el extracto no altere el sentido del documento.
Presentación Electrónica
Una Solicitud completa con todos los documentos de respaldo deberá cargarse a la plataforma de documentos compartidos del CIADI ("Box") y enviarse al Secretariado del CIADI mediante correo electrónico. No deben enviarse copias impresas al CIADI.
- Carga en Box
Antes de transmitir una Solicitud mediante correo electrónico, por favor contacte al Secretariado del CIADI en la dirección de correo electrónico ICSIDsecretariat@worldbank.org para solicitar la creación de una carpeta en Box y las instrucciones de acceso.
- Transmisión mediante correo electrónico
La Solicitud, sus documentos de respaldo y una copia de la transferencia electrónica del derecho de presentación deben enviarse a ICSIDsecretariat@worldbank.org.
Para aquellas presentaciones que excedan los 25MB, por favor envíe la Solicitud sin los documentos de respaldo, indique en el correo electrónico en el que se adjunta la Solicitud que ha cargado los documentos de respaldo indicados en Box y adjunte una lista de dichos documentos. Alternativamente, los documentos de respaldo que excedan los 25 MB podrán enviarse mediante varios correos electrónicos (cada uno de los cuales no exceda los 25 MB).
Derecho de Presentación
Al momento de la presentación de la Solicitud, o con anterioridad a la misma, se deberá pagar un derecho no reembolsable de USD 25.000 en virtud de los Derechos, Honorarios y Gastos vigentes. El derecho debe ser pagado por la parte que presenta la solicitud o por ambas partes en el supuesto de presentación conjunta.
El derecho debe pagarse mediante transferencia electrónica. Para obtener instrucciones acerca de la transferencia electrónica, comuníquese con el Secretariado del CIADI. La Solicitud debe estar acompañada de una copia del pedido de transferencia electrónica.
Para recibir ayuda adicional, por favor comuníquese con el Secretariado del CIADI.