Primeros pasos después del registro - Mediación del CIADI (Reglas de 2022)
El procedimiento de mediación comienza cuando se registra la solicitud de mediación. Salvo acuerdo en contrario de las partes, las Reglas de Mediación del CIADI aplicables son aquellas en vigor en el momento de presentación de la solicitud (Regla 3(4) de las Reglas de Mediación del CIADI).
Las partes pueden acordar modificar las disposiciones de las Reglas de Mediación del CIADI salvo las Reglas 1-7 que regulan la iniciación de la mediación. Si alguna de las Reglas de Mediación del CIADI o algún acuerdo de las partes a efectos de modificar su aplicación está en conflicto con una disposición legal de la que las partes no puedan apartarse, prevalecerá esta disposición (Regla 3(3) de las Reglas de Mediación del CIADI).
Efectos del registro
Una vez que se registra la solicitud de mediación:
- Las partes deben nombrar al mediador sin demora. Si aún no lo han hecho, procurarán ponerse de acuerdo sobre el nombramiento de un mediador o dos co-mediadores dentro de los 30 días siguientes al registro (Regla 13(3) de las Reglas de Mediación del CIADI) y posteriormente seleccionar y nombrar al mediador o a los co-mediadores dentro de los 60 días siguientes al registro (Regla 13(4) de las Reglas de Mediación del CIADI).
- Se solicitará a la parte que promueva la mediación el pago de un anticipo inicial para sufragar los costos de la mediación hasta la primera sesión (Regla 7(1)(a) del Reglamento Administrativo y Financiero de Mediación del CIADI). Este monto se considerará un pago parcial respecto de su porcentaje de los anticipos que las partes deben realizar después de la transmisión de la solicitud al mediador (Regla 7(1)(b) del Reglamento Administrativo y Financiero de Mediación del CIADI)
- Los nombres de las partes y la información básica del caso se publica en el sitio web del CIADI solo si las partes están de acuerdo (Regla 3 del Reglamento Administrativo y Financiero de Mediación).